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Versión completa: [AYUDA] Pasos para crear una empresa (?)
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Con mi hermano tenemos los conocimientos y contactos para armar una pequeña compañia de reparacion de material electronico multimedia (audio y video). Pero no sabemos como empezar a hacerlo legal, es decir poder entregar una boleta (yo tengo un inicio de actividades con boleta de honorario pero no se si servira esta misma) o factura (que es una factura y en que momento se entrega???).

Alguien por aqui sabe cuales son los pasos que necesito para hacer un poco mas legal mi negocio?

Saludos . . .
gotagautier escribió:Con mi hermano tenemos los conocimientos y contactos para armar una pequeña compañia de reparacion de material electronico multimedia (audio y video). Pero no sabemos como empezar a hacerlo legal, es decir poder entregar una boleta (yo tengo un inicio de actividades con boleta de honorario pero no se si servira esta misma) o factura (que es una factura y en que momento se entrega???).

Alguien por aqui sabe cuales son los pasos que necesito para hacer un poco mas legal mi negocio?

Saludos . . .

Conformar una sociedad... deben firmar una escritura de la misma ante notario, luego publicar en el diario oficial e inscribirla en el conservador. Deben de ahí iniciar actividades como sociedad en el SII.
http://www.tuempresaenundia.cl/

No conozco a nadie que haya usado la pagina en todo caso. Si la usas nos cuentas porfa.

Saludos.
Alex escribió:http://www.tuempresaenundia.cl/

No conozco a nadie que haya usado la pagina en todo caso. Si la usas nos cuentas porfa.

Saludos.
Grande Piñi
Business escribió:
Alex escribió:http://www.tuempresaenundia.cl/

No conozco a nadie que haya usado la pagina en todo caso. Si la usas nos cuentas porfa.

Saludos.
Grande Piñi

[Imagen: avatar_25191.jpg]
Business escribió:
Alex escribió:http://www.tuempresaenundia.cl/

No conozco a nadie que haya usado la pagina en todo caso. Si la usas nos cuentas porfa.

Saludos.
Grande Piñi

"Tu empresa en un dia" sucks balls. La puedes tener en un día... si ya gastaste las semanas necesarias para tener los documentos que necesitas Toungue

(en realidad si mal no recuerdo tiene la gracia de darte patente provisoria, pero igual estas calzado con la misma shit tradicional).

Y al original, ojo que necesitan domicilio comercial si van a tener giro comercial.
Alex escribió:http://www.tuempresaenundia.cl/

No conozco a nadie que haya usado la pagina en todo caso. Si la usas nos cuentas porfa.

Saludos.


que buen dato! se ve bastante sencillo ya que en el SII me explicaron y la verdad es que no entendi nada de nada de todo lo que me hablaban pero aqui esta un poco mas en "huaso" para entender... voy a hacer todo lo que me piden y les cuento como me va...
Sólo paso a decir que ninguna de estas empresas que arman sociedades en un día (EIRL más que nada), enseña a como administrar, contable, financiera y tributariamente una empresa.

Te entregan los documentos y a facturar, pero sabes cuando pagar el IVA? Sabes lo que es crédito fiscal? Sabes calcular el debito fiscal? Sabes armar tu declaración de renta? Y muchas otras cosas, responsabilidad civil ante demandas, limitación y facultades de representantes de la empresa, etc.

La asesoría debe ser integral, porque muchos condoros futuros vienen porque la escritura social se constituyo mal, o porque el usuario obtuvo "los documentos" y de ahí no supo que más hacer.

Las asesorías integrales no son tan caras y las dan abogados y contadores con experiencia en materias de administración, contabilidad legal, tributos y derecho comercial.


Ahora si se quiere aprender en el camino, cometiendo los menores errores posibles (a la suerte de la olla) sin gastar mucha plata también es carta.

Saludos
fngasser escribió:
Business escribió:
Alex escribió:http://www.tuempresaenundia.cl/

No conozco a nadie que haya usado la pagina en todo caso. Si la usas nos cuentas porfa.

Saludos.
Grande Piñi

"Tu empresa en un dia" sucks balls. La puedes tener en un día... si ya gastaste las semanas necesarias para tener los documentos que necesitas Toungue

(en realidad si mal no recuerdo tiene la gracia de darte patente provisoria, pero igual estas calzado con la misma shit tradicional).

Y al original, ojo que necesitan domicilio comercial si van a tener giro comercial.
Debe ser interesante un sistema que te permita conformar una empresa en un día sin tener los documentos necesarios.
Estuve revisando bien y ahora no estoy seguro si es que eso es lo que necesitamos... Nosotros no tenemos domicilio comercial, solo particular (que en este caso seria cedido para ser domicilio comercial) y no disponemos de un monto inicial para llevar a cabo una empresa, entonces no se si es que lo que necesitamos es crear una sociedad.

y la otra consulta es... Que tipo de boleta tengo que dar??? la de honorarios no es, es la de venta??? en que se diferencia una boleta de una factura?


Saludos . . .
sin duda facilita las cosas para el emprendimiento, pero como dijo eumorphis trae consigo gran cantidad de problemas para las personas que no cachan mucho el tema

Ahora, me registré y revisé los pasos para constituir una empresa y claro, para alguien que sabe de la materia, que sabe con claridad lo que es la razón social, el giro, poderes, pactos, administración, la duración, disolución, etc...

Ahora, la página de verdad sí es intuitiva y ejemplifica muy bien. El problema es que la mayoría de la gente por ejemeplo en la sección de poderes, no sabe bien qué poderes necesita para actuar. Y puede elegir algunos (te da la opción de elegir los poderes) o de redactar los que no se encuentren ahí, aquí se pierden y es considero yo una parte improtante, porque para actuar en la vida contractual comercial, necesitas de poderes claros y bien redactados.

Además no se como se portan los bancos frente a estos poderes, todos sabemos que los bancos son super cuadrados, por ejemplo yo siempre peleo porque me piden a veces pa abrir cuentas de clientes la publicación del extracto de la escritura social, y yo les digo "son tontos o se hacen?" si la inscripción en el registro de comercio, es el extracto publicado, sin la publicación no se puede inscribir. El conservador lo exige, aunque en santiago lo puedes llevar después tengo entendido (Eso es ya otra cosa), aca en coquimbo-serena, si no tienes la publicación no te inscriben en el conservador.

Entonces, igual es de tener cuidado. Es una herramienta tremendamente útil, pero se debe informar más a la gente. O la gente debe capacitarse sobre la materia.

Ahora indudable es el perjucio que nos hace a los abogados jajajajaja, pero por un lado me gusta que se caguen a los notarios y conservadores.

El otro beneficio que tiene es la consulta rápida de los registros y obtener los certificados correspondientes al tiro, aparte de obtener inmediatamente un RUT y la posibilidad de hacer iniciacion de actividades en el acto y de incluso pedir timbraje de boletas.

Incluso se puede migrar desde el sistema conservativo (insripción en el registro de comercio) al registro de empresas, que es online y asi tener toda la documentación a la mano.

Si hago una sociedad nueva, la haré por el sistema, asi me ahorro lo gastos de notaría y conservador.
gotagautier escribió:Estuve revisando bien y ahora no estoy seguro si es que eso es lo que necesitamos... Nosotros no tenemos domicilio comercial, solo particular (que en este caso seria cedido para ser domicilio comercial) y no disponemos de un monto inicial para llevar a cabo una empresa, entonces no se si es que lo que necesitamos es crear una sociedad.

y la otra consulta es... Que tipo de boleta tengo que dar??? la de honorarios no es, es la de venta??? en que se diferencia una boleta de una factura?


Saludos . . .

el aporte inicial no necesariamente debe enterarse en el acto, pueden fijar un plazo para enterarlo, y además es el límite de su responsabilidad.
Si no lo enteran en tiempo, ya es problema de uds.
mándame un mail a cnc@tallerdegonzalo.cl pa darte mi cel y que me llames, yo he hecho el tramite con 3 empresas y me se varios datos pero no alcanzo a redactarlos acá.
Saludos!
gotagautier escribió:Estuve revisando bien y ahora no estoy seguro si es que eso es lo que necesitamos... Nosotros no tenemos domicilio comercial, solo particular (que en este caso seria cedido para ser domicilio comercial) y no disponemos de un monto inicial para llevar a cabo una empresa, entonces no se si es que lo que necesitamos es crear una sociedad.

y la otra consulta es... Que tipo de boleta tengo que dar??? la de honorarios no es, es la de venta??? en que se diferencia una boleta de una factura?


Saludos . . .

Cual es el giro?
Iniciaste actividades?
Por qué quieres constituir una empresa?
Cuanto capital manejas para el desarrollo de tu actividad?

Parte respondiendo eso primero.

Las facturas las emiten los contribuyentes de IVA, especialmente para poder deducir el crédito fiscal si no eres el consumidor final. El IVA es un impuesto de traslación, por lo que va saltando de contribuyente a contribuyente de IVA y al final el que se come el impuesto es el consumidor final.

Para qué te sirve una factura? Acá hay que aplicar y desarrollar el proceso productivo, si por tu giro, adquieres bienes o utilizas un servicio ( para el activo fijo o realizable de tu empresa) te permite como contribuyente de IVA que ese 19% que pagaste por dichas cosas o la utilización del servicio restarlo a tu debito fiscal y así se produzca el impuesto al valor agregado.

Ahora bien si eres una persona natural explotando una ocupación lucrativa o una profesión liberal, eres contribuyente de segunda categoría, te afecta el impuesto global complementario, debieras emitir boleta de honorarios y realizar pagos provisionales mensuales.

Tu pregunta es, de que depende entregar boleta de honorarios, boleta o factura?

Simple:

Boleta de honorario-> contribuyentes de 2 categorías que ejercen profesiones liberales u ocupaciones lucrativas.

Boleta o factura-> contribuyentes de IVA art 2, número 1 y 2 del DL825 - y los servicios que se exploten y que deben entregar boleta o factura son aquellos del artículo 20 número 3 y 4 de la ley de renta.

Como verás, una asesoría integral puede ser un poco más onerosa que estas simples páginas web, que prometen solucionarte la vida en un solo click.

A mi la experiencia me indica que esas vivencias terminan mal, debiendo la persona contratar un abogado o un contador que realmente le pegue al asunto.

Saludos
eumorphis escribió:
gotagautier escribió:Estuve revisando bien y ahora no estoy seguro si es que eso es lo que necesitamos... Nosotros no tenemos domicilio comercial, solo particular (que en este caso seria cedido para ser domicilio comercial) y no disponemos de un monto inicial para llevar a cabo una empresa, entonces no se si es que lo que necesitamos es crear una sociedad.

y la otra consulta es... Que tipo de boleta tengo que dar??? la de honorarios no es, es la de venta??? en que se diferencia una boleta de una factura?


Saludos . . .

Cual es el giro?
Iniciaste actividades?
Por qué quieres constituir una empresa?
Cuanto capital manejas para el desarrollo de tu actividad?

Parte respondiendo eso primero.

Las facturas las emiten los contribuyentes de IVA, especialmente para poder deducir el crédito fiscal si no eres el consumidor final. El IVA es un impuesto de traslación, por lo que va saltando de contribuyente a contribuyente de IVA y al final el que se come el impuesto es el consumidor final.

Para qué te sirve una factura? Acá hay que aplicar y desarrollar el proceso productivo, si por tu giro, adquieres bienes o utilizas un servicio ( para el activo fijo o realizable de tu empresa) te permite como contribuyente de IVA que ese 19% que pagaste por dichas cosas o la utilización del servicio restarlo a tu debito fiscal y así se produzca el impuesto al valor agregado.

Ahora bien si eres una persona natural explotando una ocupación lucrativa o una profesión liberal, eres contribuyente de segunda categoría, te afecta el impuesto global complementario, debieras emitir boleta de honorarios y realizar pagos provisionales mensuales.

Tu pregunta es, de que depende entregar boleta de honorarios, boleta o factura?

Simple:

Boleta de honorario-> contribuyentes de 2 categorías que ejercen profesiones liberales u ocupaciones lucrativas.

Boleta o factura-> contribuyentes de IVA art 2, número 1 y 2 del DL825 - y los servicios que se exploten y que deben entregar boleta o factura son aquellos del artículo 20 número 3 y 4 de la ley de renta.

Como verás, una asesoría integral puede ser un poco más onerosa que estas simples páginas web, que prometen solucionarte la vida en un solo click.

A mi la experiencia me indica que esas vivencias terminan mal, debiendo la persona contratar un abogado o un contador que realmente le pegue al asunto.

Saludos


OK! entonces por lo que me dices con mi inicio de actividades de segunda categoria (honorarios) exploto una ocupacion lucrativa y podria hacer el trabajo que tengo planeado sin problemas y mas papeleos.

Me podrias explicar un poco mas lo de los articulos que mencionas en la parte de las facturas?

Saludos . . .
Con todo respeto (y agradecimiento a los que aportan), la respuesta a todo esto está en Google, no es que haya que hacer cola en un servicio público o algo así. Para hacer una empresa hay que saber hacer algo, estar dispuesto a pajas administrativas y sacarse la mierda trabajando. El mundo está lleno de gente que cree que con la primera merece hacerla.
gotagautier escribió:
eumorphis escribió:
gotagautier escribió:Estuve revisando bien y ahora no estoy seguro si es que eso es lo que necesitamos... Nosotros no tenemos domicilio comercial, solo particular (que en este caso seria cedido para ser domicilio comercial) y no disponemos de un monto inicial para llevar a cabo una empresa, entonces no se si es que lo que necesitamos es crear una sociedad.

y la otra consulta es... Que tipo de boleta tengo que dar??? la de honorarios no es, es la de venta??? en que se diferencia una boleta de una factura?


Saludos . . .

Cual es el giro?
Iniciaste actividades?
Por qué quieres constituir una empresa?
Cuanto capital manejas para el desarrollo de tu actividad?

Parte respondiendo eso primero.

Las facturas las emiten los contribuyentes de IVA, especialmente para poder deducir el crédito fiscal si no eres el consumidor final. El IVA es un impuesto de traslación, por lo que va saltando de contribuyente a contribuyente de IVA y al final el que se come el impuesto es el consumidor final.

Para qué te sirve una factura? Acá hay que aplicar y desarrollar el proceso productivo, si por tu giro, adquieres bienes o utilizas un servicio ( para el activo fijo o realizable de tu empresa) te permite como contribuyente de IVA que ese 19% que pagaste por dichas cosas o la utilización del servicio restarlo a tu debito fiscal y así se produzca el impuesto al valor agregado.

Ahora bien si eres una persona natural explotando una ocupación lucrativa o una profesión liberal, eres contribuyente de segunda categoría, te afecta el impuesto global complementario, debieras emitir boleta de honorarios y realizar pagos provisionales mensuales.

Tu pregunta es, de que depende entregar boleta de honorarios, boleta o factura?

Simple:

Boleta de honorario-> contribuyentes de 2 categorías que ejercen profesiones liberales u ocupaciones lucrativas.

Boleta o factura-> contribuyentes de IVA art 2, número 1 y 2 del DL825 - y los servicios que se exploten y que deben entregar boleta o factura son aquellos del artículo 20 número 3 y 4 de la ley de renta.

Como verás, una asesoría integral puede ser un poco más onerosa que estas simples páginas web, que prometen solucionarte la vida en un solo click.

A mi la experiencia me indica que esas vivencias terminan mal, debiendo la persona contratar un abogado o un contador que realmente le pegue al asunto.

Saludos


OK! entonces por lo que me dices con mi inicio de actividades de segunda categoria (honorarios) exploto una ocupacion lucrativa y podria hacer el trabajo que tengo planeado sin problemas y mas papeleos.

Me podrias explicar un poco mas lo de los articulos que mencionas en la parte de las facturas?

Saludos . . .

Si eres contribuyente de segunda categoría, debes otorgar la boleta de honorarios respectiva y con eso estamos.

Para otorgar boleta o factura por prestar un servicio debes explotar las actividades que se describen en los números 3 y 4 de la ley de renta.

​3º.- Las rentas de la industria, del comercio, de la minería y de la explotación de riquezas del mar y demás actividades extractivas, compañías aéreas, de seguros, de los bancos, asociaciones de ahorro y préstamos, sociedades administradoras de fondos mutuos, sociedades de inversión o capitalización, de empresas financieras y otras de actividad análoga, constructora, periodísticas, publicitarias, de radiodifusión, televisión, procesamiento automático de datos y telecomunicaciones.


​4º.- Las rentas obtenidas por corredores, sean titulados o no, sin perjuicio de lo que al respecto dispone el Nº 2 del artículo 42, comisionistas con oficina establecida, martilleros, agentes de aduana, embarcadores y otros que intervengan en el comercio marítimo, portuario y aduanero, y agentes de seguro que no sean personas naturales; colegios, academias e institutos de enseñanza particular y otros establecimientos particulares de este género; clínicas, hospitales, laboratorios y otros establecimientos análogos particulares y empresas de diversión y esparcimiento. (86)(87)

Solo aquellos contribuyentes de IVA pueden otorgar boleta o factura. La factura la emite un contribuyente de IVA a otro contribuyente de IVA. La boleta la emite un contribuyente de IVA a un consumidor final. La boleta de honorarios la emite un contribuyente de segunda categoría explotando una ocupación lucrativa o una profesión liberal.

Espero te haya quedado claro. Yo me dedico a esto por si acaso, le arreglo los problemas a la gente después que tienen la cagada.

Si quieres constituir una empresa para pagar menos impuesto, es la única razón que yo veo para constituirte como empresa. La tasa aplicable en el impuesto global complementario es progresiva, dependiendo de la base imponible; y pagas una enormidad de impuesto, el máximo es un coeficiente del 40% sobre la base imponible (150 utm hacia arriba). En cambio si tributas en primera categoría la tasa es del 20% sobre la renta líquida imponible y esta tasa es proporcional.

Eso sería, espero te haya servido.

Saludos.
ochenterocl escribió:Con todo respeto (y agradecimiento a los que aportan), la respuesta a todo esto está en Google, no es que haya que hacer cola en un servicio público o algo así. Para hacer una empresa hay que saber hacer algo, estar dispuesto a pajas administrativas y sacarse la mierda trabajando. El mundo está lleno de gente que cree que con la primera merece hacerla.

Con todo el respeto maestro, tu puedes leer la ley de renta, la del IVA, la normativa para poder constituir una sociedad y páginas que expliquen dichos procesos, pero nunca ese ejercicio podrá equivaler al estudio de un pregrado de 10 semestres y la respectiva experiencia en el rubro.

Saludos
eumorphis escribió:
ochenterocl escribió:Con todo respeto (y agradecimiento a los que aportan), la respuesta a todo esto está en Google, no es que haya que hacer cola en un servicio público o algo así. Para hacer una empresa hay que saber hacer algo, estar dispuesto a pajas administrativas y sacarse la mierda trabajando. El mundo está lleno de gente que cree que con la primera merece hacerla.

Con todo el respeto maestro, tu puedes leer la ley de renta, la del IVA, la normativa para poder constituir una sociedad y páginas que expliquen dichos procesos, pero nunca ese ejercicio podrá equivaler al estudio de un pregrado de 10 semestres y la respectiva experiencia en el rubro.

Saludos
Me expresé mal. Obviamente los profesionales hacen su pega, no estoy diciendo "no necesitas abogado pa la escritura ni ayuda de un contador". Digo que la información de definiciones básicas y pasos a seguir (entre los cuales se encuentra "hacer tal trámite con la ayuda de un abogado"), está toda a la mano.
Haga lo que haga, paguele al dia a su contador.
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