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Versión completa: ROBO EN ESTACIONAMIENTO (DUDA LEGAL)
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Hola amigos, les escribo despues de mucho tiempo sin crear ningun tema, especialmente a los Juristas del Foro, yo soy egresado de Derecho y pronto a titularme si Dios quiere. No escribo hace tiempo pues hace cerca de un mes y medio fallecio mi padre lo cual aun me tiene alejado de casi todo, hace una semana me operaron y aun estoy convaleciente y Anoche le robaron a mi hermano en un estacionamiento del centro de Stgo. Dicen que cuando viene una vienen todas juntas :/ en fin...

Si bien manejo algunas posibilidades de como abordar el tema del robo que en resumen seria algo asi como:

-Mi hermano dejo su auto estacionado, con llave, en un estacionamiento subterraneo cercano a la plaza de armas (el estacionamiento es pagado, aunque se que no es de mayor relevancia, pues en teoria debe responder igualmente). Llamo a carabineros y revisaron las grabaciones en donde aparecen los amigos de lo ajeno utilizando una herramienta para abrir la puera y sustraer 2 notebooks y otros objetos de valor y hoy se supone que a primera hora harian la denuncia en Fiscalia.

Revisando e internet (pues nunca me habia tocado un caso asi) vi que el Sernac es una opcion, pero tambien vi que ellos solo pueden mediar o hacerse parte ante el Juzgado de policia local...

Cual creen Uds. que sea la mejor alternativa, o complementar acciones para asi hacerlo de la forma mas eficaz y rapida posible???

PD: El gerente de operaciones del estacionamiento en cuestion le dijo a mi hermano que por los notebbok ellos no se podian hacer responsables, sino que solo por el daño del auto al forzar su apertura...

Les agradeceria mucho toda la informacion o ayuda que puedan brindarme, agradeciendo de antemano, quedo atento a sus comentarios, Saludos!!!
Hay un fallo de la suprema no tan viejo sobre esto...

Sernac No creo que corresponda, al final ellos no son tribunal, sólo una organización. Además que había que revisar si corresponde o no al art 3 del com. Sobre el concepto d consumidor... Pero no le veo mucha relación... Quizás me equivoco.

A mi lógica corresponde a responsabilidad contractual y junto a ello pedir todos los daños correspondientes , moral, lucro cesante , etc y eso dependerá de la fundamentacion.

Con respecto al tribunal pertinente recuerda y revisa las reglas de competencia absoluta: materia y cuantía pues ellas determinarán la jerarquía y tribunal pertinente , pégale una repasa a las reglas del cot... Yo creo que por ahí va, lo más seguro es que sea un procediendo de menor cuantía en sede ordinaria civil...

Saludos
(2013-12-11,11:02)choche311 escribió: [ -> ]Hay un fallo de la suprema no tan viejo sobre esto...

Sernac No creo que corresponda, al final ellos no son tribunal, sólo una organización. Además que había que revisar si corresponde o no al art 3 del com. Sobre el concepto d consumidor... Pero no le veo mucha relación... Quizás me equivoco.

A mi lógica corresponde a responsabilidad contractual y junto a ello pedir todos los daños correspondientes , moral, lucro cesante , etc y eso dependerá de la fundamentacion.

Con respecto al tribunal pertinente recuerda y revisa las reglas de competencia absoluta: materia y cuantía pues ellas determinarán la jerarquía y tribunal pertinente , pégale una repasa a las reglas del cot... Yo creo que por ahí va, lo más seguro es que sea un procediendo de menor cuantía en sede ordinaria civil...
les
Saludos

Tambien creo que va por ahi, pero revisando encontre unos fallos favorables en policia local justamente por el tema de "consumidor", fallos confirmados por la corte respectiva, asi que seguire varajando opciones, igualmente se agradece el comentario, Saludos!
Mi ignorancia sobre los temas relativos a policía local es olímpica Zp02 creo que es hora de estudiarlo...
Yo ando por ahi noma jeje pero es hora de repasar algo de procesal al respecto, Saludos!
El robo en estacionamiento privado de uso público, es una situación amparada por la ley del consumidor.
El consumidor, el que estaciona, paga por un servicio, que es estacionar.
En toda relación de consumo, existe el derecho a la seguridad en el consumo o prestación del servicio.
El robo, pone en evidencia la falta de control y la falta de seguridad en el consumo, que hace responsable al prestador de los daños producidos, materiales y morales.

El procedimiento aplicable, es el de la ley 19496, del consumidor. Procedimiento sumarísimo que consiste en una única audiencia de contestación y prueba.

El SERNAC es un organismo administrativo que se encarga de lograr la mediación entre consumidor y prestador de servicio. Y en casos excepcionales, de acuerodo a las facultades que le entrega la ley del consumidor, puede representar el interés difuso o colectivo de los consumidores (una cantidad importante de usuarios o consumidores dañados)

En mi experiencia, el SERNAC así como está, vale caca.
Da pena como he tenido que ganarle a algunos consumidores en juicio porque llegan con una demanda inepta (inepta en términos jurídicos), porque es un formulario que los consumidores llenan (cuando me ha tocado defender a alguna empresa)
Y por el contrario, cuando me ha tocado ir por el consumidor, cuando ha tenido razón (porque hay varios pillines que solo intentan sacar plata, a esos hay que despacharlos al tiro para cuidar la imagen profesional) con una buena prueba se logra la total indemnización de los daños.

Pasos a seguir, buscar un abogado decente en materia del consumidor. En esta materia no califica para corporación de asistencia judicial, al menos no en la IV región.

Pruebas a tener:
1.- Boleta de pago del estacionamiento.
2.- El video del robo (si no esta disponible o no lo quieren pasar, solicitar exhibición en juicio)
3.- Al menos 2 testigos.
4.- Boletas de las especies robadas o fotos y cotizaciones de las especies robadas.

saludos cordiales
WENA!! yo no tenia ni puta idea... será por que pase a punta de cuea comercial... puta que uno sale en pelotas de la U Zippy

PD: los problemas con las corporaciones, es que son LENTAS, sobre carga de usuarios. Ademas que el 99% de los egresados que entran a esto, cachan cero sean promedio 7 o con trabajo anterior... al final son horas de vuelo, uno aprende y las caga con el paso... el problema es que con problemas de gente necesitada...
Obvio po, ¿Querías joderle los litigios a gente bien? Hasta donde yo sé, por ejemplo, la familia militar chilena está en otra escala superior, como ciudadanos y como personas. Es como llegar a pensar que los presos políticos militares (Manuel Contreras, entre otros), pudiesen siquiera llegar a estar cerca de presos comunes... PUAJ!

Con la gente pobre se debe aprender!!

Zippy
(2013-12-13,02:24)choche311 escribió: [ -> ]WENA!! yo no tenia ni puta idea... será por que pase a punta de cuea comercial... puta que uno sale en pelotas de la U Zippy

PD: los problemas con las corporaciones, es que son LENTAS, sobre carga de usuarios. Ademas que el 99% de los egresados que entran a esto, cachan cero sean promedio 7 o con trabajo anterior... al final son horas de vuelo, uno aprende y las caga con el paso... el problema es que con problemas de gente necesitada...

eso deberían habertelo enseñado en un electivo, como judicatura de policía local, no se enseña en casi ningún lado como cátedra oblgitoria, solo electivo

Procedimientos y materias de juzgados de policía local deberían ser obligatorios en enseñanza
la mayoría sale jurando de guata que su primer caso será una lesión enorme, o una reivindicatoria, y lo más probable es que sea una tercería, un jucio de arriendo (que tampoco enseñan en procesal según la ley 18.101 y apenas lo tocan tangencialmente) o un choque, y viendo choques puedes agarrar al tiro el procedimiento del consumidor

el problema de las escuelas de derecho, desde la "mah mejol" hasta la más humilde, es que enseñan mucha teoría (sobre todo en las universidades más tradicionales), aunque en las privadas más humildes, suelen enseñar más práctica, porque los profes que contratan son abogados tramitadores, y no abogados docentes, catedráticos, que muchos con cuea fueron a tribunales cuando hicieron la práctica.

En esta carrera, da lo mismo de la universidad de donde saliste, porque en Derecho, la universidad solo te entrega las herramientas, y uno se forma como profesional. A lo más te sirve una buena pa entrar a un estudio cuático o al servicio público.
Pero la abogacía es práctica pura y estudio constante.
Tal como dijo el zorrón, puedes haber pasado un ramo con cuea o a la rastra, pero sales de la U y te llega un caso y te ves obligado a estudiarlo de nuevo igual. Y lo peor, es que lo que estudiaste, es materia y teoría pura, pero nadie te enseña como aplicarla.

Por eso me cargan que en las corporaciones, a los postulantes no los dejen ir a audiencias
yo tuve la suerte en su momento de que mi jefa, me hizo ir a audiencias desde el comienzo, igual yo trabajé desde que iba en 2º año y en tercero empecé a procurar, pero hacer la prácita y meterme al tiro a audiencias (familia, de ahi mi gusto por familia) me sirvio mucho y ella era seca en eso.

En la corporación de asistencia de la serena por ejemplo, a los cabros apenas los dejan ir a audiencia recién las ultimas 2 o 3 semanas de la práctica, así que mierda aprenden???
después llegan a un juicio de verdad y les vuelan la raja, y los tienen aburridos haciendo puro papeleo.
Es cierto que no se debe jugar con la justicia de los de menos recursos, pero para eso está el abogado guía, que le revisa las cosas.

Las corpos de asistencia, cada vez se están endiosando más, y los weones se juran a toda raja pq son expertos en X materia (según la dedicación de la oficina jurídica), pero a la mayoría los sacas de ese tema en específico y dan jugo.

En fin
A estudiar los futuros colegas, y tramitar harto, es la única forma de aprender.
Mucho pituto se puede tener a lo mejor, pero no sirve de nada contra el abogado más humilde, de la universidad más rasca, pero que tiene buenos conocimientos, dedicación y buena práctica.

saludos
escribo solo para tenerlo presente! demasiada buena info!! xD